Cambio de residencia de los menores

Los derechos matrimoniales existen no solamente cuando las personas se encuentran juntas, sino que luego de producirse el divorcio hay derechos y obligaciones que cumplir o hacer respetar. Una de las situaciones ante la cual nos podemos enfrentar es que luego de que se produzca el divorcio (cuando las personas ya viven cada uno en su nuevo hogar), uno de los dos tenga que cambiar el lugar actual en donde vive por otro debido a causas laborales. De esta manera, la situación familiar que se aplicaba luego del divorcio cambia y no es aplicable debido a causas económicas y laborales.

En este tipo de casos nos podemos enfrentar ante tres escenarios diferentes de los cuales dos es posible afrontarlos luego de que se haya dado la custodia y otro cuando se trata de custodia compartida. Dichos escenarios son:

1-Cuando quien se debe trasladar es el progenitor que no tiene en su deber la custodia, dicho traslado modificará la comunicación y estancia establecida previamente. Aquí se tendrá que establecer una nueva manera con la cual ejercer el derecho-deber del progenitor que se ha mudado.

2-Si el que te traslada es el progenitor encargado de la custodia, el traslado no solamente afectará a esa persona sino también a los menores que tiene a cargo. Aquí hay que tener en cuenta el favor filii, la oportunidad de traslado, un viable cambio de custodia y otros factores posibles.

3-El tercer escenario se da cuando la custodia es compartida y deberá establecerse una nueva manera de realizar repartición del tiempo. Se tendrán en cuenta diferentes factores y luego se deberá iniciar un procedimiento de modificar las medidas de la Sentencia para llegar a una nueva forma de custodia.

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