Este tipo de divorcio es aquel en que sólo una parte del matrimonio quiere divorciarse, diferenciándose así del divorcio de común acuerdo.
La parte que efectivamente quiere el divorcio debe solicitar la disolución del matrimonio judicialmente mediante una demanda contenciosa. Como este divorcio no es de común acuerdo, no se deberá presentar el convenio regulador, que es el documento por el que las partes acuerdan la separación de los bienes, la custodia de los hijos, pensión alimenticia, entro otros.
Los documentos que si deben ser presentados son el certificado de matrimonio, certificados de nacimientos de los hijos (si es que los hay), y la documentación que acredite el patrimonio familiar y su situación.
En el caso del divorcio contencioso será un juez el que determine en qué situación quedará cada una de las partes respecto de los bienes y de los hijos, entre otros aspectos. Cada una de las partes debe ser representado por un abogado.
La condición de tres meses de matrimonio antes de solicitar un divorcio es válida para todo tipo de separación matrimonial ya sea contenciosa o de mutuo acuerdo.
Una vez que se ha solicitado el divorcio, un juez programará una visita a la que deben ir de manera obligatoria ambos cónyuges y sus respectivos representantes letrados. En el caso de haber hijos, el juez puede escuchar sus declaraciones en privado siempre que el hijo o hija tenga más de doce años y tenga el juicio suficiente.
El juez dictaminará si el divorcio tiene lugar o no y las condiciones en la que quedarán los bienes y los hijos. Las partes tienen derecho a apelar al dictamen del juez presentando un documento escrito dentro de los cinco días posteriores a la notificación de la decisión del juez, y se debe presentar con el mismo juez que dictaminó anteriormente.
El proceso de divorcio contencioso es más costoso que el matrimonio de mutuo acuerdo ya que conlleva un proceso judicial más largo y en el caso de que la persona lo quiera la contratación de un abogado matrimonial particular.
Si durante el proceso, las partes deciden continuar el divorcio como de mutuo acuerdo, pueden hacerlo, y deberán presentar entonces, obligatoriamente, el convenio regulador.